El Acta de Demarcación de Fronteras de 1906 se ratifica en Miranda do Douro

La Cámara Municipal de Miranda do Douro ha acogido el acto anual de ratificación del Acta de Demarcación de Fronteras entre España y Portugal, a la que han asistido representantes de entidades locales de las comarcas zamoranas transfronterizas de Aliste y Sayago, para protocolizar la costumbre de firmar los documentos que confirman de nuevo el tratado de límites entre los dos países.

El 1 de diciembre de 1906 se firma en Lisboa el Acta General de Demarcación de la frontera entre España y Portugal desde la desembocadura del río Miño hasta la confluencia del Gaya en el Guadiana, para dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo XXIV del Tratado de Límites hispano-portugués, firmado en 1864, y de las Instrucciones Convenidas de 1866.

En el mismo encuentro, los participantes han aprovechado para tratar asuntos de interés para los municipios transfronterizos en cuanto a comunicaciones, actividades culturales y deportivas, además del intercambio de información y documentación entre los encargados de las oficinas de turismo de Miranda do Douro y Fermoselle.

Definiendo una frontera

El Tratado de Límites entre España y Portugal firmado en Lisboa el 29 de septiembre de 1864, estableció las bases para trazar de manera precisa y definitiva la línea fronteriza comprendida desde la desembocadura del río Miño hasta la unión del río Caya con el Guadiana. Su texto se compone de un preámbulo y treinta y un artículos, y fue completado en 1866 con dos Anexos de Reglamentos relativos, respectivamente, a los ríos limítrofes y los prendamientos de ganado (MAEC, 2005). Las operaciones para ejecutar la demarcación prevista en dicho Tratado se prolongaron durante cerca de cuarenta años, concluyendo con el Acta General de Demarcación, aprobada en Lisboa el 1 de diciembre de 1906. Un Convenio posterior firmado, también en la capital portuguesa, el 29 de junio de 1926 delimitó la frontera desde la confluencia del río Cuncos con el Guadiana hasta la desembocadura de éste en el mar, completando así el trazado continental de la Raya, con excepción del tramo correspondiente al municipio de Olivenza, que, objeto de un conocido contencioso diplomático, quedó fuera de los modernos Tratados de Límites luso-españoles.

Al igual que los Tratados de Bayona firmados entre 1856 y 1868 por los gobiernos de España y Francia, que delimitan de forma definitiva la frontera entre esos dos países, el Tratado de Lisboa de 1864 expresa la firme voluntad de los Estados liberales español y portugués por deslindar de forma precisa, exclusiva e indivisible los territorios bajo su soberanía. En este sentido, el Tratado trató de poner fin a numerosos contenciosos territoriales en áreas donde la línea fronteriza no estaba claramente delimitada; acabó con la anómala situación que presentaban determinados núcleos o términos partidos por dicha línea (caso de los denominados «pueblos promiscuos»); y supuso también la desaparición del llamado Coto Mixto, un enclave de estatus político y administrativo ambiguo, heredado del Antiguo Régimen, que gozaba de múltiples privilegios y escapaba en muchos aspectos a la soberanía de los dos reinos.

CON INFORMACIÓN DE Jacobo García Álvarez y Paloma Puente Lozano, proyecto «La frontera hispano-portuguesa (1800-1936)» (Instituto de Historiografía Julio Caro Baroja – Universidad Carlos III de Madrid).

IMAGEN: www.pueblosdesayago.com

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